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K Plast - 27-Oct al 03-Nov 2010

 
 
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Nuevas leyes sobre el uso de empaques plásticos en Latinoamérica

www.plastico.com
Mayo 2010

Carlos Serrano, asesor editorial, Abril 2010

Las bolsas plásticas están en la mira de nuevas legislaciones en torno al manejo de residuos. Vea un panorama de lo que ha ocurrido en varios países de la Región.

Una revisión reciente de las nuevas leyes que han sido aprobadas en varios países latinoamericanos muestra que la principal preocupación de los legisladores y defensores del medio ambiente han sido los desperdicios que provienen de las bolsas plásticas de supermercado. En todos los países se ha comprobado que el nivel de reciclaje de este tipo de bolsas es muy bajo y, sin embargo, se ha generalizado la idea que la solución no es precisamente el incremento de las campañas de reciclaje, sino el uso obligatorio de bolsas biodegradables. Veamos ejemplos lo ocurrido en algunos países:

La Ley provincial Nº13.868, de la provincia de Buenos Aires, establece la prohibición del uso de bolsas plásticas para ser entregadas por supermercados y comercios en general para transporte de productos o mercaderías. Así mismo, dice claramente que el plástico convencional deberá ser progresivamente reemplazado por materiales degradables y/o biodegradables, que resulten compatibles con la minimización de impacto ambiental.

En su articulado (Decreto Provincial Nº 2145/2008), estableció un plazo de doce meses, desde la vigencia de la norma, para que todos los supermercados con predominio de ventas al por menor de productos alimenticios y bebidas apliquen la norma. A su vez, puso un tope de 24 meses para todos los comerciantes de almacenes, despensas y diferentes negocios minoristas, cuyo volumen de Ingresos Brutos es mucho menor.

Por otro lado, en Chile, la Comisión de Recursos Naturales aprobó en julio de 2009, la ley que prohíbe el uso de bolsas plásticas no biodegradables. La ley prohíbe la producción, importación, distribución y venta de bolsas plásticas como medio de empaque de mercadería en todos los establecimientos comerciales del país, que no contengan la sustancia oxobiodegradable conforme a la norma internacional. Se acordó establecer un plazo hasta marzo del 2011 para que, tras la aprobación de la ley, las empresas puedan adecuarse a la norma.

En Colombia existe el Proyecto de Ley 96/2008, por medio de la cual se crea el Comité Intergremial Nacional para el aprovechamiento de Residuos de Envases y Empaques y se restringe el uso gratuito de bolsas plásticas en tiendas, supermercados y grandes superficies. A diciembre 2009 este proyecto se encontraba pendiente de segundo debate en Plenaria de Cámara de Representantes.

Dicha Comisión Intergremial Nacional para el aprovechamiento de residuos de envases y empaques, funcionará con carácter permanente, como órgano intersectorial de asesoría, consultoría, planificación y coordinación del Gobierno Nacional en materia de Política Pública Nacional de aprovechamiento de residuos y reciclaje y, sus diferentes temas conexos relacionados con el desarrollo sostenible del medio ambiente.

Finalmente, en México existía ya la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal y en 2008 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal decidió aprobar una serie de reformas a esta Ley, especialmente para impedir que la problemática ambiental a causa de las bolsas de plástico se extienda de forma descontrolada.

Textualmente la reforma de la ley quiere “Evitar que en la transportación, contención y envase de materiales, así como en el manejo de residuos sólidos se utilicen materiales no biodegradables”.

Además, de acuerdo con la ley, se podrá aplicar un programa de sustitución de plásticos, con el fin de reducir el consumo de bolsas, envases, embalajes o empaques de plástico no biodegradable que se utilicen en establecimientos mercantiles y que se entregan para contención, transporte y envase de mercancías.

Las anteriores disposiciones comprenden la prohibición a todo tipo de establecimiento comercial de regalar las bolsas de plástico, como hasta 2008 se había venido haciendo. Lo anterior, con la finalidad de fomentar el consumo de otro tipo de bolsas, como serían las de tela, o bien, de fomentar el uso de bolsas elaboradas con material biodegradable.

Como se puede observar, la nueva normatividad ha sido escrita bajo el supuesto de que los plásticos biodegradables son la solución para el problema de acumulación de los residuos sólidos generados por las bolsas usadas en el comercio para transportar artículos. En todos los casos se ha llegado a pensar que la alternativa más deseable es el reciclaje mecánico o su aprovechamiento para la generación de energía. Esto, en razón al alto valor agregado que tienen estos desperdicios. La biodegradación en un relleno sanitario convencional equivale a quemar a cielo abierto estos materiales, especialmente si no es posible obtener un subproducto como los fertilizantes (logrados en algunas operaciones de compostaje), o como la energía generada por procesos especiales cerrados de biodegradación. Una consecuencia de ‘las quemas’ es la generación de dióxido de carbono, uno de los factores principales del efecto invernadero que afecta actualmente al mundo, y que aparentemente su solución demanda la primera de las prioridades en el momento.

 


 
 
   
 
 

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